A lo largo de los años me han hecho muchísimas preguntas sobre el uso de las licencias Creative Commons, así que voy a intentar realizar un manual sencillo y cómodo para todo el mundo.
Existe mucha confusión sobre su uso y a veces, se diga lo que se diga, pueden entrar en contradicción con las leyes españolas y europeas, si no aplicamos la región correctamente o no entendemos exactamente las consecuencias de aplicar una u otra licencia, por lo que es muy importante estudiarlas adecuadamente y diferenciarlas de otros modelos de protección de contenidos.
Dada su popularidad, es probable que hayas escuchado sobre ellas anteriormente. Tal vez sabías que tenía algo que ver con la propiedad intelectual, pero nunca te has adentrado más allá, así que ahora te explicaré en qué consiste Creative Commons y cómo funciona. Para comenzar en muchos proyectos de diseño o en tus propias publicaciones es probable que hagas uso de recursos gratuitos, ya se trate de Imágenes, fuentes, texturas, patrones, música etc. La comunidad de diseñadores y creadores es bastante extensa e incluso puedes encontrar librerías especializadas donde se han recopilado múltiples recursos y puedes realizar búsquedas según el tipo de recurso que necesites. Muchos de estos recursos digitales pueden ser gratuitos (o parecerlo) pues existen mercados en línea donde puedes pagar para obtener paquetes de texturas, pinceles, vectores, entre otros, según el tipo de recurso que necesites para tu proyecto y que utilizan los recursos “gratis” (o casi) como reclamo. Estos recursos premium tiene la gran ventaja que pueden ser utilizados en proyectos comerciales, aunque a veces hay que leer muy bien la letra pequeña porque detrás de sus bajos precios esconden muchas limitaciones. Por otro lado, si estás utilizando recursos gratuitos debes leer cuidadosamente el tipo de licencia que se aplica para cada uno de ellos y si realmente puedes emplearlo en diferentes proyectos comerciales o sociales si existe dinero de por medio. Si vas a usar creaciones de terceros es muy importante que comprendas la licencia que vas a usar o podrías meterte en problemas legales, tener que pagar multas o ver tu obra, página web, blog u otro contenido propio bloqueado. De la misma manera, si publicamos contenidos con estas licencias, no elegirla correctamente podría llevarte a que tú mismo dieses carta blanca a caraduras o delincuentes para usar tu material con toda clase de propósitos que tu no deseabas, incluido aprovecharse comercialmente de tu trabajo sin el consentimiento necesario o los pagos debidos. Por suerte, los términos específicos que posee cada licencia Creative Commons, hacen que las condiciones y derechos de autor sean más flexibles que las propuestas previas como “todos los derechos reservados” o “algunos derechos reservados”. Por esa razón, las licencias Creative Commons rápidamente ganaron popularidad y en la actualidad existen millones de trabajos que hacen uso de ellas. Actualmente Creative Commons se ha convertido en un estándar de facto en Internet. Para hacerlo he partido de un texto muy recurrente: “Guía sobre gestión de derechos de autor y acceso abierto en bibliotecas, servicios de documentación y archivos“, de Ignasi Labastida y César Iglesias Rebollo. (El propio documento original se encuentra licenciado con una licencia Reconocimiento No Comercial Compartir Igual 2.5 de España y por tanto los elementos de la citada obra se encuentran licenciados en los mismos términos). También he escogido algunos ejemplos y comentarios interesantes de Carolina Botero de Cine Colectivo, la cual también comenta el citado libro o algunos ejemplos ad-hoc de la Wikipedia. Pero Creative Commons es mucho más, hay otros proyectos como por ejemplo Science Commons que promueve la difusión abierta del conocimiento científico o CCLearn que busca impulsar modelos abiertos dentro del sistema educativo. Grandes plataformas como archive.org ofrecen millones de contenidos bajo esta licencia desde hace años y para muchos músicos, comunicadores y artistas más que una licencia se ha transformado casi en una “filosofía de cultura justa”. ¿Por qué nace Creative Commons? En 1998 el Congreso de los EEUU aprobó la extensión de la duración de los derechos de autor. En respuesta a esta reforma, el editor Eric Eldrediniciór una batalla legal defendiendo los derechos constitucionales. El caso llegó hasta el Tribunal Supremo y fue defendido por el abogado y profesor de derecho de la Universidad de Stanford, Lawrence Lessig. Finalmente Eldred perdió el caso pero decidió junto con Lessig aprovechar los esfuerzos invertidos en él para crear un proyecto que buscaba utilizar la ley en una forma más flexible, con el fin de devolver el equilibrio entre autor y usuario dado que ya no se podía cambiar la ley: Lo llamaron Creative Commons. El 16 de diciembre de 2002 se inicia el primer y más conocido proyecto de Creative Commons: las licencias. Se trata de un conjunto de textos legales que sirven para que un autor pueda autorizar algunos derechos sobre su creación en unas condiciones determinadas reservándose el resto de los derechos, de ahí se deriva el lema: “Algunos derechos reservados” (Some rights reserved), en contraposición al clásico y tradicional “Todos los derechos reservados” (All rights reserved). El proyecto de las licencias, inicialmente consiste en seis textos estándar que se han desarrollado en el marco de Creative Commons. Se trata de seis licencias que son las más conocidas y las más utilizadas, aunque la organización también ofrece otras que comentaré. Cuando hablamos de Creative Commons a veces se confunde la organización con el proyecto de las licencias, e incluso a veces se habla de una licencia Creative Commons cometiendo el error de no sin especificar a cuál de ellas se hace referencia. Por esta razón es necesario explicar bien el alcance de cada licencia e indicar que este reportaje se refiere efectivamente sola a este proyecto de las licencias.
Para adoptar estas licencias estándar que podemos acceder directamente desde la web de Creative Commons, el creador solo tiene que seguir unos sencillos pasos:
Tiene que quedar claro que la negativa a un uso comercial no significa que el autor comercialice su obra de la manera que crea más conveniente, aquí lo que está autorizando, o no, es el derecho a que otra persona haga este uso libremente (sin exigir la autorización expresa para este uso). Ahora bien, si el autor permite la generación de obras derivadas, puede imponer que dichas obras estén sujetas a una licencia del mismo tipo. Así pues, de la combinación de respuestas a estas dos preguntas se obtienen las seis licencias estándar. Todas estas licencias permiten: La copia o reproducción, la distribución y la comunicación pública de una obra en el marco de los usos no comerciales. Todas estas licencias exigen Que se reconozca al autor y se mantenga el aviso de la licencia que la acompaña. Todas son licencias no exclusivas y de ámbito mundial que no afectan los derechos morales (aquellos derechos de los autores que no se pueden ceder en determinadas jurisdicciones, en general todas aquellas que están inscritas en el sistema jurídico de derecho civil español) Así pues la posibilidad de utilizar la obra con fines comerciales o de poder crear obras derivadas y difundir estas obras de una manera determinada dependerá del tipo de licencia escogida. El uso de las licencias es completamente gratuito No hay que realizar desembolso alguno por su uso y que no hay que registrar la obra en ningún repositorio específico de Creative Commons. Las licencias tienen tres formas para aproximarse a ellas:
En el resumen se puede encontrar una explicación breve y concisa de lo que se puede hacer y cómo se debe hacer respecto de la obra sujeta a la licencia. El texto legal es la licencia propiamente dicha y el código sirve para incrustarlo en cualquier página web donde se ofrezca la obra, siempre que esté en línea. Otros soportes Aunque esta explicación de las licencias está pensada para contenidos digitales, las licencias no excluyen otro tipo de soportes, como por ejemplo formatos más tradicionales como el papel. Respecto al software, en ningún apartado de las licencias se especifica ninguna condición sobre el código fuente de la obra. Por esta razón la propia Creative Commons aconseja utilizar otros tipos de licencia creados específicamente para este tipo de obras, como por ejemplo:
Las cuatro condiciones y las (6+1) 7 Licencias Creative Commons se basa en cuatro condiciones:
Podemos combinar las 4 condiciones para generar hasta 6 + 1 licencias que explico a continuación.
Se permite a otros distribuir, mezclar, ajustar y construir a partir de la obra, incluso con fines comerciales, siempre que se reconozca la autoría de la creación original. Con esta licencia los creadores protegen su trabajo y es más sencillo que se distribuya, pues permite la modificación de la obra original e incluso su uso en proyectos comerciales.
Esta licencia permite que los usuarios mezclen, modifique y desarrollen sobre la obra original, pero solo si se atribuye el crédito respectivo y se licencia las obras creadas en base al original bajo una licencia idéntica. Mediante esta licencia, quien la use tiene la libertad de modificar la creación original, pero cualquier producto derivado deberá ser compartido utilizando la misma licencia, es decir, deberá también admitir las modificaciones y su uso para fines comerciales.
Con esta licencia se permite la redistribución tanto comercial como no comercial siempre y cuando se reconozca la autoría. Se prohíbe la modificación de la obra original. Esta licencia es la favorita de los autores que desean poder distribuir su trabajo de forma gratuita, pero consideran importante que no se realice ningún cambio del original.
Esta licencia admite la mezcla, ajuste y construcción de un nuevo producto en base a la obra original solo para su uso no comercial. También se debe reconocer la autoría y los productos derivados pueden ser compartidos con otro tipo de licencia. Esta licencia es ideal para aquellos autores que no les molesta que otros compartan y editen su trabajo, siempre y cuando sea en proyectos gratuitos y sin su uso comercial.
Esta licencia admite la mezcla, ajuste y construcción de un nuevo producto en base a la obra original solo para su uso no comercial. También se debe reconocer la autoría y los productos derivados deben ser compartidos bajo la misma licencia. Como puedes notar, las condiciones de este tipo de licencia son bastante parecidas a las que posee “CC BY-NC”, la cual hemos mencionado previamente. La única excepción son en referencia a la licencia de los productos derivados.
Esta licencia prohíbe la venta y/o modificación de la obra original. De esta manera, esta es una de las licencias más restrictivas ya que solo admite la descarga y redistribución de la obra original siempre y cuando se reconozca la autoría.
Con esta licencia el autor renuncia a todos los derechos que posee sobre la obra y la convierte en un elemento de dominio público. De esta manera, las personas pueden realizar modificaciones, redistribuir y compartir sin necesidad de atribución o alguna otra condición adicional. Es decir, no existe ningún tipo de restricción respecto al uso y redistribución de la obra. Esta licencia es una cesión al Dominio Público, basada en la jurisdicción de EEUU. Con esta licencia es posible renunciar a los derechos sobre una obra y que esta pase al Dominio Público antes de que se acabe la protección. Otras licencias que podemos encontrar en la organización: • Sampling: De hecho se trata de tres licencias diferentes pensadas para todos aquellos materiales susceptibles de ser mezclados o sampleados, música, vídeo, imagen, etc. • Founder’s Copyright. Una licencia basada en la primera licencia sobre copyright de los EEUU, de 1790, en la cual la extensión de los derechos sobre una obra era de 14 años prorrogable a otros 14. • Share Music: Esta licencia es la equivalente a Reconocimiento, NoComercial, Sin Obras Derivadas Aplicación de las licencias Las licencias se pueden aplicar a todo tipo de contenidos e incluso a contenidos no digitales cuyo autor no quiera reservarse todos los derechos. En este caso debe indicarse claramente el tipo de licencia utilizado e indicar donde se puede obtener el texto completo. Hay autores que reproducen dicho texto o incluyen una copia del resumen donde se especifican las condiciones que se aplican en la reproducción, distribución, comunicación y transformación. Se pueden poner muchos ejemplos de aplicaciones, pero el principal usuario de las licencias actualmente es el autor de un blog o de una web, o el usuario de http://www.flickr.com/creativecommons/ (un depósito de fotografías de acceso libre con un apartado específico para material con este tipo de licencias) o de http://www.jamendo.com/en/creativecommons/ (un sitio en donde se puede descargar música legalmente porque toda está licenciada con Creative Commons y por lo tanto su titular está dispuesto a compartir, pero debes ir con cuidado si vas a usar su contenido, pues deberás pagar por su uso, con diferentes cantidades, según usos particulares o comerciales ¿Mucho cuidado!).
Luego disponemos de uno de los mayores repositorios de contenidos del mundo: Archive.org
A veces llamado «la Biblioteca de Alejandría de la Web» o también «la mayor colección de pornografía del mundo, en una sola habitación». Desde el año 1996 un sistema de ordenadores rastrean y guardan «copias» de todo el contenido posible de la Web, o al menos lo que se puede rastrear, para almacenarlo en vista al futuro, como en una gran biblioteca. Esta organización sin ánimo de lucro, con el tiempo ha ido creciendo en cuanto a medios, opciones y tecnología, desarrollando servicios prácticos para los usuarios. Uno de los más célebres es la popular Wayback Machine, que permite ver una «captura» de cómo era una web concreta en distintas épocas, con sólo teclear su dirección. Diversas empresas patrocinan y colaboran con el gigantesco proyecto, como Alexa Internet y otros colaboradores que han donado materiales y colecciones como la Biblioteca del Congreso y otras muchas bibliotecas públicas y privadas. Alberga una gran cantidad de archivos de muchos tipos como audio, video y texto, la gran mayoría de ellos en dominio público, o con licencias de tipo Creative Commons u otras licencias que permiten su distribución gratuita. Un buen ejemplo de jugar con las atribuciones: La Sección Texts de Archive.org La sección Texts del Internet Archive (Archive.org) alberga libros digitalizados y colecciones de varias bibliotecas y de instituciones y fundaciones culturales procedentes de todo el mundo. Internet Archive opera unos 33 centros de escaneado en cinco países, digitalizando alrededor de 1000 libros al día, y contaba con más de 4 millones de libros (en 2013). Se descargaban 15 millones de libros al mes.1 Entre aproximadamente 2006 y 2008, Microsoft Corporation tuvo una relación especial con la sección texts del Internet Archive a través de su proyecto Live Search Books, mediante el cual escaneó más de 300 000 libros que fueron aportados a la colección, proporcionó apoyo financiero y aportó equipos de escaneado. El 23 de mayo de 2008 Microsoft anunció que interrumpía su proyecto2 y puso los libros escaneados a disposición sin limitación contractual y donó los equipos de escaneado. Hacia octubre de 2007, algunos usuarios del Internet Archive empezaron a subir al Archive libros en dominio público procedentes del Google Book Search.En noviembre de 2013, había más de 900 000 libros escaneados por Google en la colección del Archive. Los libros eran idénticos a los que había en Google excepto que no tenían las marcas de agua de Google y no tenían restricciones de uso. Brewster Kahle reveló en 2013 que este esfuerzo de archivado fue coordinado por Aaron Swartz y un grupo de amigos, que bajaban libros en dominio público de Google de manera lenta y desde suficiente número de ordenadores diferentes para no sobrepasar los límites de Google. Hicieron esto para asegurar el acceso general a materiales que ya estaban en dominio público. Archive.org se aseguró de que los archivos se atribuían correctamente y se enlazaban a Google. Google nunca se quejó, aunque sí algunas bibliotecas. La internacionalización de Creative Commons Cuando se inició el proyecto de las licencias, Creative Commons basó sus textos en la legislación que les era más próxima, la de los EEUU. Sin embargo, en poco tiempo se interesaron por el proyecto diversas instituciones de todo el mundo, que querían esas licencias para sus propias iniciativas. De esta forma nació el proyecto de internacionalización con el objetivo de adaptar los textos legales a las legislaciones de otros países. En esencia hay que mantener la misma filosofía de la licencia original pero modificando, añadiendo o suprimiendo aquellas partes que sean necesarias para que los textos sean válidos en esa jurisdicción. El proceso de adaptación es abierto y se coordina por los líderes locales y la institución afiliada a Creative Commons en aquella jurisdicción. A partir de un primer borrador de una de las licencias se abre una discusión pública con el objetivo de consensuar un texto definitivo. Al final del proceso se tienen todos los textos posibles adaptados y traducidos a los idiomas de la jurisdicción. Las primeras instituciones que participaron en el proyecto fueron de Japón, Brasil y Finlandia. En los siguientes textos intentaré profundizar en diversos aspectos de las licencias, compararlas con los métodos clásicos de protección de los derechos de autor y el “copyright” o las particularidades de cada país, con especial atención a nuestra región. Si quieres informarte más a fondo sobre las licencias Creative Commons, te recomendamos entrar la página oficial en castellano. Aquí también tendrás acceso, como he comentado al principio, una herramienta que permite escoger la licencia más adecuada para tus contenidos.
Autor: Manuel Castelló
Temas relacionados: Economía Social, Sociedad, Política, Derecho, Kasmangou
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